Las sesiones del Honorable Cabildo de Villa de Álvarez pueden ser virtuales, debido a la contingencia por el Covid-19, expresó el Presidente Municipal Felipe Cruz Calvario, quien agregó que así quedó consignado en la Reforma al Artículo 37 del Reglamento de Gobierno del Municipio de Villa de Álvarez, cuyo dictamen fue leído por él, en su calidad de Presidente de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, durante la reciente Cuadragesimoséptima Sesión Ordinaria.

Cruz Calvario explicó que, con base en un Punto de Acuerdo presentado por la regidora Mayrén Polanco Gaytán, el 20 de julio, y con las  firmas de los regidores: Josué Eulalio Vergara, José Ángel Barbosa y Perla Luz Vázquez, la Comisión a su cargo dictaminó agregar un segundo párrafo al Artículo 37 del Reglamento de Gobierno del Municipio de Villa de Álvarez.

En tal sentido, señaló el alcalde, dicho Artículo 37, con su primer párrafo original y el segundo agregado quedaría de la siguiente manera: “Artículo 37.- Las sesiones de Cabildo sólo serán válidas si todos sus integrantes hubieran sido convocados y se encuentren presentes la mitad más uno de sus integrantes, entre los cuales deberá estar siempre el Presidente Municipal, o quien lo sustituya en términos de la Ley.”