++Presentan iniciativa de reformas a la Ley de los Trabajadores; rechazan “la injerencia gubernamental en elecciones sindicales”
++Proponen sancionar cualquier acto de injerencia que obstaculice la creación, el funcionamiento, la administración y el libre desarrollo de los procesos democráticos internos de las organizaciones sindicales en el Estado de Colima
Las diputadas del Partido Nueva Alianza Colima (Panal-Colima) y Movimiento Ciudadano (MC) en la Sexagésima Primera Legislatura del Estado, Martha Elia Farías Ríos y María Cristina Lupién Ventura, respectivamente, presentaron ante el pleno del Congreso del Estado una iniciativa de reforma a la Ley de los Trabajadores, mediante la cual se busca “acotar” la posible “injerencia gubernamental” en “las funciones, administración y el libre desarrollo de los procesos democráticos internos de las organizaciones sindicales en la entidad”.
Las legisladoras presentaron de manera conjunta el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 92 bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, “en materia de autonomía sindical”.
A nombre de ambas diputadas, y en presencia de dirigentes de las Secciones 6 y 39 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), encabezados por Miguel Ángel Rivera Huezo y David Hernández Viera, así como representantes del CEN del SNTE para ambas secciones sindicales, la legisladora de Nueva Alianza dio lectura a la iniciativa, en la que se busca “fortalecer la libertad, la democracia y la autonomía sindical, así como garantizando que las personas servidoras públicas de los tres Poderes del Estado y de los distintos niveles de gobierno actúen con probidad, rectitud y honestidad”.
En su exposición de motivos, las legisladoras hicieron una relatoría de los logros y conquistas sindicales.
Asentaron que “la figura del sindicato constituye una de las conquistas laborales más importantes, producto de la lucha constante de las y los trabajadores frente a las deplorables condiciones que, de manera unilateral y arbitraria, imponían los patrones en los centros de trabajo”.
Señaló Martha Farias que la actual Ley Federal del Trabajo establece, entre otros principios, que las normas laborales tienden a lograr el equilibrio entre los factores de la producción y la justicia social, así como a propiciar el trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.
“Este concepto incluye el respeto irrestricto a los derechos colectivos de las personas trabajadoras, tales como la libertad de asociación, la autonomía sindical, el derecho de huelga y la negociación colectiva”.
Agregó que “en el ámbito del derecho laboral, el sindicato representa una figura esencial, pues brinda a las personas trabajadoras seguridad en la defensa de sus derechos; favorece la obtención de mejores condiciones de trabajo en la relación obrero-patronal; garantiza la libre asociación; y permite formalizar, mediante instrumentos jurídicos, los derechos derivados de la relación laboral que la parte patronal está obligada a respetar”.
Apuntó que “la autonomía sindical constituye un componente básico e imprescindible de la libertad sindical, en tanto permite que el derecho fundamental de asociación —consagrado en diversos instrumentos jurídicos internacionales, en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo— pueda ejercerse y desarrollarse libremente para la consecución plena de los objetivos de las organizaciones de trabajadores y empleadores, sin obstáculos ni intromisiones por parte del Estado”.
La iniciativa que se presenta, dijo, tiene como objetivo armonizar la legislación que rige las relaciones laborales entre los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, sus dependencias, los ayuntamientos —representados por sus titulares— y las personas trabajadoras a su servicio, con las recientes reformas realizadas a nivel nacional.
“La reforma propuesta subsana el vacío normativo existente en materia de autonomía sindical y establece un precepto claro y contundente, alineado con las mejores prácticas y la técnica legislativa, respetando la jerarquía normativa y la prevalencia de la ley principal en la materia”.
Consideraron fundamental reconocer y saldar la deuda histórica que se tiene con las trabajadoras y los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado, los ayuntamientos y los organismos descentralizados del Estado de Colima.
“Para ello, resulta indispensable legislar en favor de sus derechos, fortaleciendo la libertad, la democracia y la autonomía sindical, así como garantizando que las personas servidoras públicas de los tres Poderes del Estado y de los distintos niveles de gobierno actúen con probidad, rectitud y honestidad.
“Lo anterior implica prevenir y sancionar cualquier acto de injerencia que obstaculice la creación, el funcionamiento, la administración y el libre desarrollo de los procesos democráticos internos de las organizaciones sindicales en el Estado de Colima, incluyendo las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad, la reelección y, en su caso, la destitución de sus dirigencias”.
La reforma mencionada a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, establece que “los sindicatos deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia por parte de las personas servidoras públicas en su constitución, funcionamiento, administración y libre desarrollo de las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad, la reelección y/o la destitución de las directivas de los sindicatos.
SANCIONES
“Cualquier contravención a estas disposiciones será considerada falta administrativa grave y sancionada en los términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”.
Se entiende “como actos de injerencia sindical”, entre otras, las siguientes conductas: coaccionar, inducir o amenazar a personas trabajadoras o agremiadas para participar o abstenerse de participar en eventos de campaña sindical, o para votar por una planilla, dirigente o sindicato determinado;
“Ejercer presión o intimidación jerárquica sobre subordinados para que expresen públicamente su apoyo o rechazo a determinada candidatura sindical; obligar o condicionar la asistencia a actos, mítines o reuniones sindicales con fines de proselitismo”.
Asimismo, condicionar la prestación de servicios institucionales, apoyos, licencias o permisos laborales a la emisión del voto o apoyo hacia una planilla sindical; ofrecer beneficios laborales, ascensos, estímulos o promociones a cambio de apoyo o voto sindical; negar, suspender o limitar derechos o programas internos, capacitaciones, bonos o reconocimientos como represalia por no apoyar determinada opción sindical;
De la misma manera, se señala que será considerada falta administrativa grave y sancionada “utilizar programas institucionales o apoyos sociales para inducir o coaccionar el voto sindical; destinar, utilizar o permitir el uso de fondos, bienes, servicios o personal institucional para favorecer o perjudicar a determinada planilla, corriente o dirigencia sindical.
También difundir propaganda, mensajes o material institucional que promueva o desacredite a una candidatura o grupo sindical; permitir el uso de instalaciones, vehículos, redes o infraestructura pública para actos de campaña o propaganda sindical.
“Proporcionar apoyo o servicios institucionales para actividades de campaña sindical; realizar aportaciones o solicitar contribuciones a subordinados para financiar campañas o actividades sindicales; usar recursos o programas institucionales con la finalidad de posicionar o promover ante la base trabajadora a una persona servidora pública o dirigente sindical”.
De la misma forma “actuar con parcialidad o favorecer públicamente a determinada candidatura; intervenir indebidamente en la equidad del proceso sindical, alterando la neutralidad institucional; y utilizar su cargo para influir en la opinión de las personas trabajadoras, afectando la libertad del voto sindical”.
Dicha iniciativa fue turnada a las comisiones respectivas para su estudio, análisis y posterior dictamen.
Es de mencionar que, en tribuna, los Legisladores del Partido Acción Nacional y Revolucionario Institucional, manifestaron su intención de apoyar dicha iniciativa presentada por las diputadas de Nueva Alianza y Movimiento Ciudadano. Los diputados de Morena, PT y PVEM guardaron silencio; mientras que las dirigencias de ambas secciones sindicales magisteriales aplaudieron la iniciativa.







