Con 17 votos a favor, 0 abstenciones y 5 votos en contra, la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Colima, aprobó una iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Hacienda del Estado de Colima, relacionados a fortalecer la certeza jurídica en el transporte público, dar claridad en el pago de algunos derechos, así como a la movilidad incluyente.
El dictamen elaborado por las Comisiones Legislativas de Hacienda, Fiscalización y Cuenta Pública, y de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Movilidad, explica que, en materia de concesiones, se elimina la palabra individual, para que se refiera únicamente al acto de la cesión o transmisión de derechos de las concesiones, sin mencionar si es entre personas físicas, o entre personas físicas o morales o viceversa.
“La actualización normativa en este rubro responde a la necesidad de formalizar operaciones existentes y otorgar seguridad jurídica al sector transportista”, especifica el dictamen.
Respecto a la movilidad incluyente, el documento aprobado, adicionó un numeral relativo al Transporte Público Adaptado para Personas con Discapacidad, en la modalidad individual y colectiva, con el objeto de garantizar condiciones reales de accesibilidad, inclusión y movilidad para este sector de la población.
“Es importante mencionar que los montos de las UMAs, y por consiguiente del costo del permiso, no tiene un incremento, y, por lo contrario, se garantiza una disminución en las aportaciones que deben pagar los permisionarios al ampliar el periodo de la vigencia de tres años, a los cinco y siete años”.
Además, quedó establecido en un mismo apartado la obligación del pago del derecho por concepto de permiso y renovación del servicio de transporte privado por arrendamiento a través de aplicaciones tecnológicas por vehículo.
Finalmente, la reforma también incorporó en la Ley de Hacienda del Estado de Colima, el Capítulo Tercero y los artículos 64 F y 64 G, denominado “De los derechos por el uso o aprovechamiento de los puntos de parada del transporte público”, con el cual se busca mejorar los puntos de parada del transporte público, a través del pago de un permiso por su uso y aprovechamiento; se puede exentar el pago cuando la inversión supere las 600 UMAS o cuando el solicitante sea un Ayuntamiento del Estado de Colima.







