Las y los diputados integrantes de la LXI Legislatura del Congreso del Estado de Colima, aprobaron por unanimidad diversas reformas al Código Electoral del Estado, entre las que destaca el incremento del porcentaje de financiamiento público que los partidos políticos deberán destinar a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, pasando del 3 al 6 por ciento del financiamiento anual que reciben.

La modificación tiene como propósito fortalecer la participación política de las mujeres y consolidar los principios de igualdad sustantiva y paridad de género.
En la justificación, del dictamen elaborado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, se precisa que el porcentaje vigente resultaba insuficiente frente al crecimiento que ha tenido la participación femenina en los espacios de toma de decisiones dentro de los partidos políticos y en los distintos órdenes de gobierno.

Asimismo, se determinó que la medida es jurídicamente viable y financieramente sostenible, ya que no representa un incremento al presupuesto del Instituto Electoral del Estado, sino una redistribución interna de los recursos que actualmente reciben los partidos políticos.

Incorporan la no reelección, nepotismo y austeridad al Código Electoral

Por otra parte, con 19 votos a favor, 0 en contra y 5 abstenciones, las y los diputados aprobaron el dictamen número 82, mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Electoral del Estado de Colima para armonizar la legislación local con las recientes reformas constitucionales en materia de no reelección, nepotismo electoral y austeridad.

Expresamente se establece la prohibición de la reelección consecutiva para diputaciones locales, presidencias municipales y demás integrantes de los ayuntamientos; además, se incorpora el impedimento constitucional relacionado con el nepotismo electoral a partir de los procesos electorales de 2030.

Asimismo, los partidos políticos deberán garantizar la inclusión de personas jóvenes de entre 18 y 35 años en al menos el 30 por ciento de las candidaturas a diputaciones e integrantes de ayuntamientos y se incorporan criterios generales para la integración de los bloques de competitividad que deberán observar los partidos políticos al momento de postular candidaturas.

Las reformas también fortalecen los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en la integración y funcionamiento de los Ayuntamientos y del Poder Legislativo e incorpora adecuaciones de lenguaje no sexista.

De igual forma, se adecuan los plazos para el registro de candidaturas a la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos, a fin de garantizar el cumplimiento del mandato constitucional que establece campañas electorales de hasta 60 días, otorgando además a las autoridades electorales un plazo máximo de cinco días para resolver las solicitudes de registro.

Finalmente, se realizaron ajustes normativos para armonizar el Código Electoral con la Constitución local vigente, para fortalecer los principios de austeridad republicana y racionalidad en el ejercicio de los recursos públicos, incluyendo disposiciones para que las remuneraciones de las personas servidoras públicas del Instituto Electoral del Estado y del Tribunal Electoral del Estado se apeguen a los límites establecidos en la Constitución del Estado.