Debido a la situación sanitaria que priva en el Estado de Colima y, en específico, en el Poder Judicial del Estado, donde se ha presentado un aumento significativo en el número de casos positivos y sospechosos de COVID-19 entre las trabajadoras y trabajadores adscritos a las diferentes dependencias, tanto del propio Palacio de Justicia de esta ciudad Capital, como de todas las oficinas administrativas y jurisdiccionales en los tres Partidos Judiciales, durante el periodo comprendido del 26 de enero al 08 de febrero de 2021 se suspenden parcialmente las labores ordinarias en el Poder Judicial del Estado de Colima.

Lo anterior fue acordado en Sesión Plenaria Extraordinaria del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), señalando que será el martes 9 de febrero cuando se den reanudar los trabajos con normalidad, siempre y cuando la situación sanitaria lo permita.

Así mismo se indicó que, aunque los días en que se suspenderán las actividades sigan siendo hábiles (con las excepciones de ley), “se decreta la suspensión general de plazos y términos procesales, excepto en lo que ve al despacho de casos urgentes en materia Familiar y Penal”.

La suspensión también comprende la atención directa ordinaria al público, así como las audiencias y diligencias no urgentes, pudiendo emitirse resoluciones y acuerdos. En dicho periodo, las notificaciones personales por cédula podrán llevarse a cabo, siempre y cuando no se comprometa la seguridad sanitaria del personal que las efectúe, bajo la responsabilidad directa de las titularidades de las dependencias encargadas de ello.

De acuerdo con la Circular 008 emitida por el STJE, se indica que aunque se suspenden parcialmente las actividades, “las Oficialías de Partes de los tres Partidos Judiciales, permanecerán abiertas en un horario a definirse, de lunes a viernes, con la finalidad de recibir todo tipo de escritos, tales como demandas, promociones y comunicaciones oficiales de todo tipo, en el entendido de que solo se seguirán despachando inmediata y completamente los asuntos urgentes”.

Así mismo se señala que las dependencias Jurisdiccionales y Administrativas del Poder Judicial del Estado, despacharán inmediata y completamente los asuntos urgentes de su competencia, por medio de guardias en las materias Familiar, Sistema de Justicia Penal Acusatorio, Sistema de Justicia Penal Mixto y Justicia para Adolescentes, ejecución Penal, Segunda Instancia Familiar, Segunda Instancia Penal.

Así mismo en el acuerdo se menciona que debido a que el trabajo jurisdiccional y administrativo no se detiene por completo, “deberá seguirse anteponiendo siempre la salud ante cualquier situación, por lo que los funcionarios y trabajadores (confianza y sindicalizados) del Poder Judicial del Estado, que por indicaciones de su superioridad deban laborar a puerta cerrada o a distancia, deberán hacerlo atendiendo irrestrictamente las reglas de higiene y cuidado personal, además que la Oficialía Mayor dispondrá que las instalaciones sigan desinfectándose con regularidad.